Ante una mesa servida en la que hay varios pasteles, todos sabrosos a juzgar por su apariencia, solemos poner los ojos ante lo más colorido, ante lo más brilloso y que casi siempre es delicioso; no es extraño que un niño pregunte tímidamente ¿qué es eso? señalando con su dedito ese frutito rojo intenso que, generalmente, todo coqueto está echadito de costado con su ramita marrón y casi siempre en un lecho de blanca crema chantilly, entonces, alguien con más experiencia le dice al niño esa es la “cereza del pastel”.
En una Corte Superior de Justicia, como la del Cusco, ser su Presidente despierta el interés de quienes, siendo sus vocales superiores, pueden aspirar legítimamente a ocupar ese importante cargo; la Presidencia de la Corte es, entonces, un motivo por el que muchos vocales superiores se sienten motivados a actuar para ser elegidos entre sus pares; dicho cargo implica el ejercicio de una responsabilidad directiva de administración y de representación institucional que pinta bien en toda hoja de vida; que para ejercerla quien lo logre queda suspendido, por dos años, del ejercicio de la función jurisdiccional, lo que implica estar alejado de la exposición a las quejas de los usuarios del servicio de justicia; el cargo también implica percibir, mientras se ejerza, una remuneración adicional a la que normal y regularmente recibe un Vocal Superior.
Una Corte de Justicia tiene tres grupos de personas, uno jurisdiccional, uno auxiliar jurisdiccional y otro administrativo. La selección e incorporación del primero no es responsabilidad de un Presidente de Corte y, considerando que una de las garantías de la función jurisdiccional que ejerce, es la independencia, no le permite ingerencia alguna sobre su trabajo, pues incluso cualquier falta de conducta funcional tiene su propio sistema de investigación y sanción; la administración del denominado personal auxiliar jurisdiccional sí es de su responsabilidad, pues le corresponde asignarlo a quien lo requiera y donde se requiera, este es el grupo de personal sobre el que un Presidente de Corte ejerce el poder que tiene; no está demás mencionar que también lo ejerce sobre su personal administrativo aunque con facultades limitadas, decimos limitadas en razón que, por ejemplo, no los puede despedir directamente.
El éxito o el fracaso de la responsabilidad de impartir justicia, reposa única y exclusivamente en la gestión del despacho judicial de parte de los jueces de paz letrados, de los jueces especializados o mixtos y de los vocales superiores; si acaso un Presidente de Corte desease ser parte de ese éxito debe preocuparse única y exclusivamente en las personas que se agrupan como auxiliares de justicia, como son los asistentes, secretarios, especialistas y técnicos, es decir, en aquellos que trabajan cuidando la validez del proceso, que es el instrumento con el que un juez decide el conflicto mediante una decisión justa que se refleja en la paz que se merece una comunidad.
La dotación de infraestructura informática al personal jurisdiccional y al auxiliar jurisdiccional, que es parte de la modernización del Poder Judicial, debe estar complementada por lograr que las personas que operen dicha infraestructura lo hagan de la manera más óptima. No admitir esto implicaría cifrar las esperanzas de la buena impartición de justicia en una infraestructura inerte, sin la comprensión que una Corte Superior de Justicia es una entidad compuesta e integrada de personas, cuya misión – espero se entienda – es la solución de problemas judiciales de otras personas. Entonces, si las personas que componen e integran una Corte Superior de Justicia no son atendidas, como clientes internos en los motivos que tengan para actuar, quien los dirija o, como gusta decir por allí, los administre o mande, no habrá logrado nada. Las personas que trabajan para una Corte Superior de Justicia o para cualquier otro empleador, tienen tres clases de necesidades: a) materiales, b) cognoscitivas y, c) afectivas. La primera se satisface, por ejemplo, con la remuneración que le permite atender sus necesidades corporales (alimentación, salud y vestido); la segunda con el conocimiento que una persona obtiene y que le permite cambiar la realidad y, la última sabiéndose querido como trabajador.
La primera necesidad no la puede satisfacer un Presidente de Corte y por ello, además, no debe ser juzgado en su gestión; la segunda necesidad sí puede ser satisfecha por el empleador, lo importante es definir cuál o cuáles son las necesidades cognoscitivas y convertirla en una práctica constante, para así brindarlas en la justa medida y, la tercera se traduce, principalmente en ser justo con el personal. Si damos lo segundo y lo tercero podremos pedir a las personas que trabajan para la Corte Superior, iniciativa, creatividad, ideas y lealtad e identificación, respectivamente.
Pero lo más difícil en el gobierno y dirección de personas es demostrar a estas que la entidad para la que trabajan son motivos que valen la pena lograr, para así motivar a las personas en efecto los logren, siendo lo más importante hacer realidad que las necesidades cognoscitivas, una vez logradas, tienen resultados intrínsecos y que la satisfacción de las necesidades afectivas logran resultados trascendentes. Si graficamos esto en un Secretario Judicial en materia civil, por ejemplo, tendríamos que decir que sus necesidades materiales le son satisfechas con la remuneración que se le paga; que sus necesidades cognoscitivas están satisfechas con la capacitación constante que obtiene de la que le brinda el empleador para que él sienta que el proceso a su cargo lo maneja de mejor manera, exento de todo atraso o vicio de nulidad imputable a él, lo que a final de cuentas, y sería lo ideal, produzca iniciativas y creatividad; y, por último, hacerlo partícipe, para así satisfacer su necesidad afectiva, de que su acción es trascendente por haber colaborado a solucionar un problema judicial con un alto grado de confiabilidad.
Entonces, un directivo (Presidente de Corte) debe ser un estratega, un ejecutivo y un líder. Será más lo primero si sólo se preocupa de lograr eficacia o resultados a cambio de una remuneración; será mas lo segundo si sólo se preocupa por utilizar a las personas que gobierna sólo en función de su capacidad; en cambio será más líder si se preocupa, además de lo anterior y con más énfasis en las necesidades cognoscitivas y afectivas, para así lograr hacer a la entidad más atractiva y unida, lo que es igual decir, más competitiva.
¿Quién será el próximo Presidente de la Corte Superior de Justicia de Cusco?, quien lo sea espero que esté a la altura de la responsabilidad, que sea alguien que haya dicho a sus electores cuál es su motivación, qué es lo que hará en el cargo y que en verdad se merezca la cereza del pastel, aunque esta más parezca la manzana de la discordia y que tal vez, ahora que lo pienso, estas líneas debieron haberse llamado así, “la manzana de la discordia”, pero eso es mitología y no estoy con el ánimo de importunar a los dioses recordándoles que la lucha por ese fruto dejó muertos y heridos en la eternidad del tiempo de los hombres.